Gobierno de Extremadura

 

  1. Plazo de 10 días desde el siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial  de  Extremadura, para los cursos presenciales y on-line que se  identifican en el anexo I con los códigos B01/19, B02/19, B03/19, así como los E01/19 a E014/19 (del 15 al 25 de mayo ambos inclusive).
  2. Los cursos pendientes de firma de un convenio de colaboración con la UEX, así como los destinados a Voluntarios de Protección Civil, serán objeto de una convocatoria  específica mediante resolución de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, en la que se indicará la relación de cursos, así como el plazo de presentación de solicitudes para los mismos.
  3. Para las actividades comprendidas en el apartado de otras actividades, se establecerán los plazos que se anuncien en el momento de la convocatoria de cada una de ellas.

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